Herramienta gratuita · Ley 3/2004 · tipos oficiales BOE

Calculadora de intereses de demora (operaciones comerciales)

Entre empresas y autónomos, cada factura impagada devenga intereses automáticamente desde el vencimiento: el tipo del BCE + 8 puntos, revisado cada semestre — 10,40% anual en el 2.º semestre de 2026. Esta calculadora aplica el tipo oficial de cada tramo (como lo haría un juzgado) y suma los 40 € por factura de costes de cobro que casi nadie reclama.

Resultado

Pon importe y vencimiento: te desgloso los intereses tramo a tramo con el tipo oficial de cada semestre, los 40 €/factura del art. 8, y el total reclamable a día de hoy.

Tipos oficiales cargados desde 2020 hasta el 10,40% vigente (2.º semestre 2026, BOE). Orientativo; no es asesoramiento jurídico.
La tabla que buscabas

Tipos oficiales de interés de demora por semestre

Publicados por la Secretaría General del Tesoro en el BOE (art. 7 de la Ley 3/2004: tipo BCE + 8 puntos). Una deuda que atraviesa varios semestres se calcula por tramos — con el tipo de cada periodo, no con el último.

PeriodoTipo anual
2.º semestre 2026 (vigente)10,40%
1.er semestre 202610,15%
2.º semestre 202510,15%
1.er semestre 202511,15%
2.º semestre 202412,25%
1.er semestre 202412,50%
2.º semestre 202312,00%
1.er semestre 202310,50%
2020 – 2022 (todos los semestres)8,00%

Fuente: resoluciones semestrales de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional (BOE) · Banco de España.

¿Y ahora, cómo los cobro?

Calcular es el primer paso; cobrar es el que importa. Tienes dos caminos: hacerlo tú con nuestra guía completa y el generador de reclamaciones gratis — o que lo hagamos nosotros de principio a fin, cobrando solo si cobras, con propuesta personalizada.

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Preguntas

Lo que preguntan todos.

¿Desde qué día cuentan los intereses?

Desde el día siguiente al vencimiento de la factura, automáticamente — sin aviso, sin intimación y sin necesidad de que el contrato lo mencione (arts. 5 y 7 de la Ley 3/2004). Si no pactasteis plazo, la ley fija 30 días naturales desde la recepción de la factura o del servicio.

¿Puedo reclamar los 40 € aunque la factura sea pequeña?

Sí: son 40 € por factura, fijos y sin justificar, se deban 200 € o 20.000 €. Con varias facturas del mismo deudor, se multiplican. Y si tus costes de recobro reales fueron mayores (burofax, gestiones), puedes reclamar el exceso justificándolo.

¿Este interés aplica a deudas con particulares o con la Administración?

Con particulares (consumidores), no — rige el interés legal del dinero, más bajo. Con la Administración pública, sí: la Ley 3/2004 también la obliga (con matices de plazos). Esta calculadora está pensada para el caso B2B: empresas y autónomos entre sí.

¿Los intereses también prescriben?

La acción para reclamar la deuda prescribe en general a los 5 años (art. 1964 CC), y una reclamación fehaciente la interrumpe (art. 1973 CC). Nuestra guía de reclamación explica cómo mantener viva una deuda con un burofax de 10 minutos.