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VERI*FACTU para autónomos: tu fecha es julio de 2027

Si facturas como persona física, tu fecha es el 1 de julio de 2027 (las sociedades entran el 1 de enero). Y sí: la plantilla de Word y el Excel de toda la vida dejan de valer como sistema de facturación.

Tu fecha, según cómo factures

Las fechas vigentes las fijó el Real Decreto-ley 15/2025 (tras las prórrogas). Si no tienes clara tu forma jurídica, quédate con las dos:

Sociedades (IS)
1 de enero de 2027
Empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades
Autónomos y resto
1 de julio de 2027
Personas físicas y demás obligados

¿Tributas en el País Vasco o en Navarra? Entonces te aplica la normativa foral propia (TicketBAI en el País Vasco), no el VERI*FACTU estatal. Consulta a tu hacienda foral o a tu asesoría. Fuentes y detalle en la guía de fechas.

Qué cambia en tu día a día

VERI*FACTU no cambia cuánto facturas ni a quién: cambia el software con el que lo haces. Debe generar registros con huella digital encadenada (imposibles de borrar o retocar sin rastro), añadir un código QR de verificación a cada factura y, opcionalmente, remitir los registros a la AEAT. Para un autónomo, en concreto:

El riesgo del autónomo no es técnico, es de inercia: seguir con el Word hasta junio de 2027 y resolverlo con prisas. Elegir programa con calma —o dictar la factura y olvidarte— es la versión tranquila del mismo trámite.

Sanciones (art. 201 bis LGT): hasta 50.000 € por ejercicio por tener un sistema no conforme, y hasta 150.000 € por ejercicio para quien lo fabrique o comercialice. Antes de tu fecha no hay sanción: es tu margen para cambiar con calma.

¿Tu programa actual cumplirá?

Escribe el nombre de tu software (FacturaPlus, Sage, A3, Holded, tu TPV…) y te decimos qué se sabe de su adaptación y qué preguntarle al fabricante. Gratis y sin registro.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatorio VERI*FACTU para un autónomo?

Las fechas vigentes las fijó el Real Decreto-ley 15/2025: 1 de enero de 2027 si operas como sociedad y 1 de julio de 2027 si facturas como autónomo o persona física. Si tributas en el País Vasco o Navarra, te aplica la normativa foral propia, no la estatal.

¿Puedo seguir facturando con Word o Excel hasta mi fecha?

Hasta el 30 de junio de 2027 sí (1 de enero si operas como sociedad). A partir de tu fecha, las facturas deben emitirse con un sistema informático conforme o con la aplicación de la AEAT.

¿Qué pasa si sigo con un programa que no cumple?

El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria prevé sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio para quien tenga un sistema no conforme (y de hasta 150.000 € por ejercicio para quien lo fabrique o comercialice). Antes de tu fecha no hay sanción: es el margen para cambiar con calma.

¿Cómo sé si mi programa actual cumplirá?

Pregunta a tu proveedor por escrito si su software será conforme al RD 1007/2023 y cuándo, o usa nuestro comprobador gratuito: cubre los programas más comunes en España (FacturaPlus, ContaPlus, Sage, A3, Holded…) y te dice qué se sabe de cada uno.

Sigue con la guía completa VERI*FACTU, las fechas con fuentes del BOE, el censo de software o vuelve al índice por sectores.