Si tu empresa desarrolla software, mejora procesos o crea productos, la ley te deja deducir del 12% al 42% de ese gasto en el Impuesto de Sociedades — y cobrarlo en efectivo aunque no tengas beneficios. Menos del 5% de las empresas lo aplica. El resto se lo regala a Hacienda cada año.
Diagnóstico gratis · 12% a éxito solo si ahorras · blindaje con informe vinculante
de deducción I+D+i se genera cada año según la AIReF… pero solo ~430M€ llegan a aplicarse. El resto caduca en cajones.
de las empresas que declaran Sociedades aplica la deducción. La inmensa mayoría de pymes con gasto elegible ni sabe que existe.
del gasto en desarrollo es deducible según calificación (IT 12% · I+D 25% + 42% sobre el exceso + 17% por personal investigador exclusivo).
Fuentes: AIReF (spending review deducción I+D+i) · AEAT (estadísticas IS) · art. 35 y 39.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
¿Por qué nadie la pide? Porque las consultoras que viven de esto solo aceptan proyectos de seis cifras y cobran porcentajes opacos — la pyme que gasta 50.000-200.000€ al año en desarrollo no le sale rentable a nadie… hasta que el expediente lo prepara un sistema de IA supervisado. Ahí entramos.
Un minuto, tres preguntas, sin registrarte. El cálculo distingue el escenario prudente (innovación tecnológica, 12%) del escenario I+D (25-42%) y te dice cuánto sería en efectivo si no tienes cuota.
Marca lo que hacéis, pon el gasto anual y te desgloso la deducción en los dos escenarios — más lo que significaría en efectivo si no tienes cuota, y lo que podrías recuperar de ejercicios pasados.
Hay dos formas de aplicar esta deducción: "por tu cuenta y que haya suerte en la inspección", o por el circuito certificado que el Tribunal Supremo ha hecho inatacable. Solo trabajamos de la segunda.
Nos cuentas qué desarrolláis y cuánto gastáis. Te decimos con franqueza si hay caso, la calificación probable (IT vs I+D), la horquilla de euros y qué costaría certificarlo — todo por escrito, antes de que decidas nada.
Miramos también los últimos 4 ejercicios: la deducción no aplicada se puede recuperar.
La memoria técnica del proyecto y el dossier económico (horas, nóminas, colaboraciones, trazabilidad) los preparamos nosotros con IA supervisada a partir de tu documentación real — entrevista de una hora y listo. Es el 80% del trabajo y donde las consultoras justifican sus porcentajes.
Una entidad certificadora acreditada por ENAC valida el proyecto y con ello se solicita el Informe Motivado Vinculante del Ministerio de Ciencia. Desde octubre de 2024 el Supremo es claro: ese informe vincula a la AEAT — la calificación no se puede tocar en inspección.
El coste de la certificadora te lo damos cerrado en el paso 1 — lo cobra ella, no nosotros.
Coordinamos con tu gestoría la aplicación en el Impuesto de Sociedades (límite 25-50% de cuota; lo no aplicado se arrastra 18 años). ¿Sin cuota? El art. 39.2 permite pedir el abono en efectivo del 80% — Hacienda te transfiere el dinero.
Ejemplo con números: 80.000 € de gasto anual en desarrollo → deducción de 9.600 € (IT) a 20.000 € (I+D). Nuestra comisión: 1.152-2.400 € solo si se materializa. Te quedas el 88% de un dinero que hoy es cero. Y si hay 3-4 ejercicios recuperables, multiplica.
Casi ninguna gestoría toca el art. 35: exige memoria técnica, certificación y trato con el Ministerio — no compensa montarlo para dos clientes. Pero en tu cartera hay agencias, ingenierías, talleres con maquinaria a medida y empresas con software propio que tienen deducción dormida.
Derívanoslos (o llévalo en marca blanca): nosotros hacemos el expediente completo, tú das la noticia, compartimos comisión y tu cliente te mira distinto para siempre.
Sí — es el caso más común. Como innovación tecnológica (IT, 12%) cuando hay mejora sustancial de productos o procesos: plataformas propias, automatización, integración de IA, rediseños de arquitectura. Como I+D (25-42%) cuando hay novedad objetiva o incertidumbre científico-técnica. Lo que NO cuenta: mantenimiento rutinario, soporte o personalizaciones menores — y te lo diremos igual de claro si es tu caso.
Es la pregunta correcta, porque la AEAT lleva años apretando con esta deducción. Justo por eso solo trabajamos el circuito blindado: certificación acreditada ENAC + Informe Motivado Vinculante. El Tribunal Supremo (sentencias de 8 y 9 de octubre de 2024) zanjó que ese informe vincula a Hacienda en la calificación — no pueden recalificarte el proyecto. Lo único revisable son los gastos imputados, y el dossier económico se construye con trazabilidad precisamente para eso.
Sí: el art. 39.2 LIS permite solicitar el abono en efectivo del 80% de la deducción que no puedas aplicar por falta de cuota (requisitos: mantener plantilla, reinvertir un importe equivalente e IMV obligatorio — que ya va incluido en nuestro circuito). Para startups y empresas en pérdidas es financiación pura: Hacienda transfiere.
El diagnóstico, 48 horas. El expediente completo (memoria + dossier), 2-4 semanas de nuestro lado con una hora tuya de entrevista. La certificación y el Informe Motivado, unos meses de tramitación oficial — pero la deducción del ejercicio se aplica en tu próximo Impuesto de Sociedades y las de años anteriores se recuperan en paralelo.
Nada: era gratis y te llevas un informe honesto de por qué no (y qué tendría que cambiar para que sí). Preferimos decirte que no a inflar expedientes — un sector entero se ha ganado mala fama por lo contrario, y nuestra reputación vale más que una comisión.
En general sí, con matices (la parte subvencionada del gasto se descuenta de la base). De hecho lo natural es combinarlo: nuestro radar de ayudas te consigue subvención para el proyecto y la deducción llega después sobre el resto. Doble fuente del mismo esfuerzo.
Cuéntanos en dos líneas qué desarrolláis y cuánto gastáis al año en ello (aprox). Te respondemos con la horquilla de deducción, la calificación probable y los costes cerrados — y decides con todo delante.
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